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Clockpress Ltd, que opera como J-Flex Rubber Products: Términos y condiciones estándar para la venta de productos

Se llama la atención del cliente en particular sobre las disposiciones del apartado 9.



1. INTERPRETACIÓN

1.1 Definiciones

Día hábil: un día (que no sea sábado, domingo o feriado) en el que los bancos de Londres están abiertos al público.

Condiciones: los términos y condiciones establecidos en este documento, modificados ocasionalmente de conformidad con la cláusula 11.4.

Contrato: el contrato entre el Proveedor y el Cliente para la venta y compra de los Bienes de acuerdo con estas Condiciones.

Cliente: la persona o empresa que compra los Bienes al Proveedor.

Evento de fuerza mayor: un evento o circunstancia fuera del control razonable de una parte.

Mercancías: las mercancías (o cualquier parte de ellas) establecidas en el Pedido.

Pedido: el pedido del Cliente de los Bienes, tal como se establece en el Acuse de recibo del pedido del Proveedor.

Especificación: cualquier especificación de los Bienes, incluidos los planos y dibujos relacionados, que se acuerde por escrito entre el Cliente y el Proveedor.

Proveedor: Clockpress Limited, que opera como J-Flex Rubber Products, Unidades 1 y 2, London Road Business Park, Retford, Nottinghamshire DN22 6HG (registrada en Inglaterra y Gales con el número de empresa 02448048.

1.2 Interpretación

a) Una referencia a una ley o disposición legal se refiere a dicha ley o disposición, en su forma enmendada o promulgada nuevamente. Una referencia a una ley o disposición legal incluye cualquier legislación subordinada dictada al amparo de dicha ley o disposición legal, en su forma enmendada o promulgada nuevamente.

(b) cualquier frase introducida por los términos incluyendo, incluyen, en particular o cualquier expresión similar se interpretará como ilustrativa y no limitará el sentido de las palabras que preceden a esos términos; y

(c) una referencia a escrito o por escrito incluye faxes y correos electrónicos.


2. BASE DEL CONTRATO

2.1Estas Condiciones se aplican al Contrato con exclusión de cualquier otro término que el Cliente pretenda imponer o incorporar, o que esté implícito por el comercio, la costumbre, la práctica o el curso de las transacciones.

2.2 El Pedido constituye una oferta del Cliente para la compra de los Bienes de conformidad con estas Condiciones. El Cliente es responsable de garantizar que los términos del Pedido y cualquier Especificación aplicable sean completos y precisos.

2.3 – El Pedido sólo se considerará aceptado cuando un representante autorizado del Proveedor emita una aceptación escrita del Pedido, momento en el cual entrará en vigor el Contrato.

2.4 – El Cliente renuncia a cualquier derecho que pudiera tener de confiar en cualquier término respaldado, entregado o contenido en cualquier documento del Cliente que sea incompatible con estas Condiciones.

2.5 Las muestras, dibujos, descripciones o publicidad elaborada por el Proveedor, así como las descripciones e ilustraciones contenidas en sus catálogos o folletos, se elaboran con el único fin de ofrecer una idea aproximada de los Bienes a los que se refieren. No formarán parte del Contrato ni tendrán validez contractual.

2.6 Una cotización de los Bienes presentada por el Proveedor no constituye una oferta. Una cotización solo tendrá una validez de 20 días hábiles a partir de su fecha de emisión.


3. LOS BIENES

3.1Los Bienes se describen en el catálogo del Proveedor según las modificaciones realizadas por cualquier Especificación aplicable.

3.2 En la medida en que los Bienes deban fabricarse de conformidad con una Especificación proporcionada por el Cliente, este deberá indemnizar al Proveedor por todas las responsabilidades, costes, gastos, daños y pérdidas (incluidas las pérdidas directas, indirectas o consecuentes, el lucro cesante, la pérdida de reputación y todos los intereses, sanciones y costes y gastos legales y profesionales) que sufra o en los que incurra el Proveedor en relación con cualquier reclamación presentada contra él por la infracción real o presunta de los derechos de propiedad intelectual de un tercero que surja de o esté relacionada con el uso de la Especificación por parte del Proveedor. Esta cláusula 3.2 seguirá vigente tras la rescisión del Contrato.

3.3El Proveedor se reserva el derecho de modificar la Especificación si así lo exige cualquier requisito reglamentario o legal aplicable.

3.4 – Todos los derechos de propiedad intelectual sobre los Bienes seguirán perteneciendo al Proveedor y el Cliente no interferirá con los derechos de propiedad intelectual del Proveedor sobre los Bienes.

3.5 – Si los Bienes deben ser fabricados por el Proveedor de conformidad con una especificación presentada por el Cliente, el Cliente indemnizará al Proveedor contra cualquier pérdida, daño, costo y gasto adjudicado o incurrido por el Proveedor en la liquidación de cualquier reclamo por la infracción de cualquier derecho de propiedad intelectual de cualquier otra persona que resulte del uso por parte del Proveedor de la especificación del Cliente.


4. ENTREGA

4.1 – El Proveedor deberá entregar los Bienes en el lugar establecido en el Pedido o en cualquier otro lugar que las partes puedan acordar ( Lugar de Entrega ) en cualquier momento después de que el Proveedor notifique al Cliente que los Bienes están listos.

O, si los Bienes deben ser recogidos por el Cliente:

El Cliente deberá recoger los Bienes de las instalaciones del Proveedor en las Unidades 1 y 2, London Road Business Park, Retford, Nottinghamshire DN22 6HG o cualquier otra ubicación que el Proveedor indique antes de la entrega ( Ubicación de Entrega ) dentro de los siete Días Hábiles posteriores a que el Proveedor notifique al Cliente que los Bienes están listos.

4.2 – La entrega se perfecciona al finalizar la descarga de las Mercancías en el Lugar de Entrega.

4.3 Las fechas de entrega indicadas son solo aproximadas y el plazo de entrega no es esencial. El Proveedor no será responsable de ningún retraso en la entrega de los Bienes causado por un Caso de Fuerza Mayor o por la falta de instrucciones de entrega adecuadas por parte del Cliente o cualquier otra instrucción relevante para el suministro de los Bienes.

4.4 Si el Proveedor no entrega los Bienes, su responsabilidad se limitará a los costos y gastos en que incurra el Cliente para obtener bienes de reemplazo de descripción y calidad similares al precio más bajo disponible en el mercado, menos el precio de los Bienes. El Proveedor no será responsable por la falta de entrega de los Bienes si dicha falta se debe a un Caso de Fuerza Mayor o a que el Cliente no le haya proporcionado las instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción relevante para el suministro de los Bienes.

4.5 – Si el Cliente no recibe los Bienes dentro de los tres Días Hábiles siguientes a la notificación por parte del Proveedor al Cliente de que los Bienes están listos, entonces, excepto cuando dicha falla o demora sea causada por un Evento de Fuerza Mayor o por el incumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones bajo el Contrato:

(a) la entrega de los Bienes se considerará completada a las 9.00 a. m. del tercer Día Hábil después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos; y

(b) el Proveedor deberá almacenar los Bienes hasta que se produzca la entrega y cobrar al Cliente todos los costos y gastos relacionados (incluido el seguro).

4.6 – Si diez Días Hábiles después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos para su entrega, el Cliente no los ha recibido, el Proveedor puede revender o disponer de otra manera de parte o la totalidad de los Bienes y, después de deducir los costos razonables de almacenamiento y venta, rendir cuentas al Cliente por cualquier exceso sobre el precio de los Bienes o cobrar al Cliente por cualquier déficit por debajo del precio de los Bienes.

4.7 – Si el Proveedor entrega hasta un 10% más o menos de la cantidad de Bienes pedidos, el Cliente no podrá rechazarlos, pero al recibir notificación del Cliente de que se entregó una cantidad incorrecta de Bienes, se realizará un ajuste prorrateado en la factura del Pedido.

4.8 El Proveedor podrá entregar los Bienes en cuotas, las cuales se facturarán y pagarán por separado. Cualquier retraso en la entrega o defecto en una cuota no dará derecho al Cliente a cancelar ninguna otra.

4.9 El Cliente deberá notificar por escrito al Proveedor, dentro de los 7 días siguientes a la recepción de la Mercancía, detallando cualquier presunto incumplimiento de la entrega o daño durante el transporte de la Mercancía. Si el Cliente no cumple con esta disposición, no tendrá derecho a presentar ninguna reclamación o queja.


5. CALIDAD

5.1El Proveedor no tendrá ninguna obligación ni responsabilidad con respecto a ningún asesoramiento o asistencia técnica o de otro tipo que proporcione al Cliente a solicitud del Cliente o de otro modo en relación con los Bienes.

5.2 – El Proveedor garantiza que en el momento de la entrega, y durante un período de 12 meses a partir de la fecha de entrega ( período de garantía ), los Bienes:

(a) cumplir en todos los aspectos materiales con su descripción o la Especificación; y

(b) estar libre de defectos materiales en diseño, material y mano de obra; y

5.3 – Sujeto a la cláusula 5.4, si:

(a) el Cliente notifica por escrito al Proveedor durante el período de garantía que algunos o todos los Bienes no cumplen con la garantía establecida en la cláusula 5.1;

(b) se le dé al Proveedor una oportunidad razonable de examinar dichos Bienes; y

(c) el Cliente (si así lo solicita el Proveedor) devuelve dichos Bienes al lugar de negocios del Proveedor a cargo del Cliente,

El Proveedor deberá, a su elección, reparar o reemplazar los Bienes defectuosos, o reembolsar el precio (o dar crédito) de los Bienes defectuosos en su totalidad.

5.4 – El Proveedor no será responsable por el incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 5.1 en cualquiera de los siguientes eventos:

(a) el Cliente haga cualquier uso adicional de dichos Bienes después de dar aviso de conformidad con la cláusula 5.3;

(b) el defecto surge porque el Cliente no siguió las instrucciones orales o escritas del Proveedor en cuanto al almacenamiento, puesta en servicio, instalación, uso y mantenimiento de los Bienes o (si no existen) las buenas prácticas comerciales con respecto a los mismos;

(c) el defecto surge como resultado de que el Proveedor sigue cualquier dibujo, diseño o Especificación suministrado por el Cliente;

(d) el Cliente altere o repare dichos Bienes sin el consentimiento por escrito del Proveedor;

(e) el defecto surge como resultado del uso y desgaste normal, daño intencional, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento o trabajo; o

(f) los Bienes difieren de la Especificación como resultado de cambios realizados para garantizar que cumplen con los requisitos reglamentarios o legales aplicables.

5.5 – Salvo lo dispuesto en esta cláusula 5, el Proveedor no tendrá responsabilidad ante el Cliente con respecto al incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 5.1.

5.6 – Los términos implícitos en las secciones 13 a 15 de la Ley de Venta de Bienes de 1979 quedan, en la máxima medida permitida por la ley, excluidos del Contrato.

5.7 – Estas Condiciones se aplicarán a cualquier Bien reparado o reemplazado suministrado por el Proveedor.


6. TÍTULO Y RIESGO

6.1 – El riesgo de los Bienes pasará al Cliente al completarse la entrega.

6.2 – El título de propiedad de los Bienes no pasará al Cliente hasta que el Proveedor reciba el pago completo (en efectivo o fondos compensados) por los Bienes y cualquier otro bien que el Proveedor haya suministrado al Cliente respecto del cual el pago haya vencido, en cuyo caso el título de propiedad de los Bienes pasará al momento del pago de todas esas sumas.

6.3 – Hasta que la propiedad de los Bienes haya pasado al Cliente, el Cliente deberá: 

(a) almacenar los Bienes por separado de todos los demás bienes en poder del Cliente para que permanezcan fácilmente identificables como propiedad del Proveedor;

(b) no quitar, desfigurar u ocultar ninguna marca de identificación o embalaje en los Bienes o relacionado con ellos;

(c) mantener los Bienes en condiciones satisfactorias y mantenerlos asegurados contra todos los riesgos por su precio total a partir de la fecha de entrega;

(d) notificar al Proveedor inmediatamente si se ve sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 8.1; y

(e) proporcionar al Proveedor la información relacionada con los Bienes que el Proveedor pueda requerir de vez en cuando.

6.4 – Si antes de que el título de propiedad de los Bienes pase al Cliente, el Cliente queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 8.1, entonces, sin limitar ningún otro derecho o recurso que el Proveedor pueda tener:

El Proveedor podrá en cualquier momento:

(i) exigir al Cliente que entregue todos los Bienes en su posesión que no hayan sido revendidos o incorporados irrevocablemente a otro producto; y

(ii) si el Cliente no lo hace con prontitud, ingresar a cualquier local del Cliente o de cualquier tercero donde se encuentren almacenados los Bienes para recuperarlos.

6.5 – Todas las herramientas encargadas por el Cliente de conformidad con el Contrato se cobrarán, a menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, sobre la base de un “costo parcial”, lo que significa que el Proveedor tendrá derecho a conservar dichas herramientas y venderlas si es necesario, y compensar el producto de la venta con cualquier dinero que el Cliente le deba al Proveedor.


 


7. PRECIO Y PAGO

7.1 – El precio de los Bienes será el precio establecido en el Acuse de Recibo del Pedido o, si no se cotiza ningún precio, el precio establecido en la lista de precios publicada por el Proveedor vigente a la fecha de entrega.

7.2 – El Proveedor podrá, mediante aviso al Cliente en cualquier momento antes de la entrega, aumentar el precio de los Bienes para reflejar cualquier aumento en el costo de los Bienes que se deba a:

(a) cualquier factor fuera del control del Proveedor (incluidas fluctuaciones en el tipo de cambio, aumentos en impuestos y aranceles y aumentos en los costos de mano de obra, materiales y otros costos de fabricación);

(b) cualquier solicitud del Cliente para cambiar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes pedidos, o la Especificación; o

(c) cualquier retraso causado por cualquier instrucción del Cliente o por la falta de éste de proporcionar al Proveedor información o instrucciones adecuadas o precisas.

7.3 – El precio de los Bienes:

(a) excluye los importes correspondientes al impuesto al valor agregado ( IVA ), que el Cliente deberá pagar adicionalmente al Proveedor a la tasa vigente, sujeto a la recepción de una factura de IVA válida; y

(b) excluye los costes y cargos de embalaje, seguro y transporte de los Bienes, que serán facturados al Cliente.

7.4 El Proveedor podrá emitir a los nuevos Clientes (a su discreción, sean nuevos o no) facturas proforma que deberán abonarse antes de la ejecución del contrato, según cada Pedido. Una vez aprobadas por escrito las condiciones de crédito con el Cliente, el Proveedor podrá facturarle los Bienes en el momento de la entrega o en cualquier momento posterior.

7.5 Salvo en el caso de nuevos Clientes que deban pagar mediante facturas proforma, el Cliente deberá abonar la factura en su totalidad y con fondos disponibles en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura, a menos que las partes acuerden condiciones individuales y específicas por escrito. El pago se realizará en la cuenta bancaria designada por escrito por el Proveedor. El plazo de pago es fundamental.

7.6 Si el Cliente no realiza algún pago adeudado al Proveedor en virtud del Contrato antes de la fecha de vencimiento, deberá pagar intereses sobre el importe vencido a una tasa del 8% anual, superior al tipo de interés base vigente del Banco de Inglaterra. Dichos intereses se devengarán diariamente desde la fecha de vencimiento hasta el pago efectivo del importe vencido, ya sea antes o después de la sentencia. El Cliente deberá pagar los intereses junto con el importe vencido.

7.7 El Cliente deberá pagar íntegramente todos los importes adeudados en virtud del Contrato, sin compensación, reconvención, deducción ni retención alguna (salvo las deducciones o retenciones exigidas por ley). El Proveedor podrá, en cualquier momento, sin perjuicio de otros derechos o recursos que le correspondan, compensar cualquier importe que le adeude el Cliente con cualquier importe que el Proveedor deba pagarle.

7.8 – Ningún pedido que haya sido aceptado por el Proveedor podrá ser cancelado por el Cliente excepto con el acuerdo por escrito del Proveedor y en los términos en que el Cliente indemnizará al Proveedor en su totalidad contra todas las pérdidas (incluida la pérdida de ganancias), costos (incluido el costo de toda la mano de obra y los materiales utilizados), daños, cargos y gastos incurridos por el Proveedor como resultado de la cancelación.


8. TERMINACIÓN

8.1 – Sin limitar sus otros derechos o recursos, el Proveedor podrá rescindir este Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si:

(a) el Cliente comete un incumplimiento sustancial de cualquier término del Contrato y (si dicho incumplimiento es subsanable) no lo subsana dentro de los 7 días de que se le notifique por escrito para hacerlo;

(b) el Cliente realiza cualquier paso o acción en relación con su ingreso en administración, liquidación provisional o cualquier composición o acuerdo con sus acreedores (que no sea en relación con una reestructuración solvente), su liquidación (ya sea voluntariamente o por orden judicial, a menos que sea con el propósito de una reestructuración solvente), la designación de un receptor para cualquiera de sus activos o el cese de la actividad comercial o, si el paso o acción se realiza en otra jurisdicción, en relación con cualquier procedimiento análogo en la jurisdicción pertinente;

(c) el Cliente suspende, amenaza con suspender, cesa o amenaza con cesar la realización de la totalidad o una parte sustancial de su negocio; o

(d) la situación financiera del Cliente se deteriora hasta tal punto que, en opinión del Proveedor, se pone en peligro la capacidad del Cliente para cumplir adecuadamente sus obligaciones en virtud del Contrato.

8.2 – Sin limitar sus otros derechos o recursos, el Proveedor puede suspender la provisión de los Bienes bajo el Contrato o cualquier otro contrato entre el Cliente y el Proveedor si el Cliente queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 8.1(a) a la cláusula 8.1(d), o el Proveedor cree razonablemente que el Cliente está a punto de quedar sujeto a cualquiera de ellos, o si el Cliente no paga cualquier monto adeudado bajo este Contrato en la fecha de vencimiento para el pago.

8.3 – Sin limitar sus otros derechos o recursos, el Proveedor puede rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si el Cliente no paga cualquier monto adeudado en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento del pago y permanece en mora no menos de 14 días después de haber sido notificado por escrito para realizar dicho pago.

8.4 – En caso de terminación del Contrato por cualquier motivo, el Cliente deberá pagar inmediatamente al Proveedor todas las facturas pendientes de pago y los intereses.

8.5 – La terminación del Contrato no afectará ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan acumulado al momento de la terminación, incluido el derecho a reclamar daños y perjuicios con respecto a cualquier incumplimiento de este Contrato que existiera en la fecha de terminación o antes de ella.

8.6 – Cualquier disposición del Contrato que expresa o implícitamente esté destinada a entrar o continuar en vigor en el momento de la terminación o después de ella permanecerá en pleno vigor y efecto.


9. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

9.1 – Nada de lo dispuesto en estas Condiciones limitará o excluirá la responsabilidad del Proveedor por: 

(a) muerte o lesiones personales causadas por su negligencia, o la negligencia de sus empleados, agentes o subcontratistas (según corresponda);

(b) fraude o tergiversación fraudulenta;

(c) incumplimiento de los términos implícitos en la sección 12 de la Ley de Venta de Bienes de 1979;

(d) productos defectuosos según la Ley de Protección al Consumidor de 1987; o

(e) cualquier asunto respecto del cual sería ilegal que el Proveedor excluyera o restringiera la responsabilidad.

9.2 – Sujeto a la cláusula 9.1:

(a) el Proveedor no será responsable bajo ninguna circunstancia ante el Cliente, ya sea por contrato, agravio (incluida la negligencia), incumplimiento de un deber legal o de otro modo, por cualquier pérdida de ganancias o cualquier pérdida indirecta o consecuente que surja de o en conexión con el Contrato o en la máxima medida permitida por la ley; y

(b) la responsabilidad total del Proveedor ante el Cliente con respecto a todas las pérdidas que surjan de o en conexión con el Contrato, ya sea por contrato, agravio (incluida negligencia), incumplimiento de un deber legal o de otro modo, no excederá en ningún caso el 100% del precio de los Bienes.


10. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes incumplirá este Contrato ni será responsable del retraso o incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del mismo si dicho retraso o incumplimiento se debe a un Caso de Fuerza Mayor. Si el retraso o incumplimiento se prolonga durante 8 semanas, la parte no afectada podrá rescindir este Contrato mediante notificación por escrito con 14 días de antelación.


11. GENERAL

11.1Cesión y otras transacciones

(a) El Proveedor podrá en cualquier momento ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones bajo el Contrato.

(b) El Cliente no podrá ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar, declarar un fideicomiso sobre o negociar de cualquier otra manera con ninguno o todos sus derechos u obligaciones bajo el Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.

11.2Confidencialidad

(a) Cada parte se compromete a no revelar a ninguna persona, en ningún momento durante el presente contrato y durante un período de 10 años tras su terminación, información confidencial relativa a los negocios, asuntos, clientes o proveedores de la otra parte ni de ningún miembro del grupo al que pertenezca, salvo lo permitido por la cláusula 11.2(b). A los efectos de esta cláusula, se entiende por grupo, en relación con una parte, dicha parte, cualquier filial o sociedad controladora que pertenezca en cada momento a dicha parte, y cualquier filial que pertenezca en cada momento a una sociedad controladora de dicha parte.

(b) Cada parte podrá divulgar la información confidencial de la otra parte:
(i) a sus empleados, directivos, representantes o asesores que necesiten conocer dicha información para ejercer sus derechos o cumplir con sus obligaciones en virtud del presente acuerdo o en relación con él. Cada parte se asegurará de que sus empleados, directivos, representantes o asesores a quienes divulgue la información confidencial de la otra parte cumplan con esta cláusula 11.2; y
(ii) según lo exija la ley, un tribunal competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora.

(c) Ninguna parte utilizará la información confidencial de la otra parte para ningún otro propósito que no sea el de ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones bajo o en conexión con este acuerdo.

11.3Acuerdo completo

(a) Este Contrato constituye el acuerdo completo entre las partes y reemplaza y extingue todos los acuerdos, promesas, garantías, representaciones y entendimientos previos entre ellas, ya sean escritos u orales, relacionados con su objeto.

(b) Cada parte acuerda no tener ningún recurso con respecto a ninguna declaración, representación, garantía o afirmación (ya sea hecha con inocencia o por negligencia) que no esté estipulada en este acuerdo. Cada parte acuerda no tener derecho a ninguna reclamación por tergiversación, ya sea con inocencia o por negligencia, basada en ninguna declaración de este acuerdo

11.4Variación

Ninguna variación de este Contrato será efectiva a menos que conste por escrito y esté firmada por las partes (o sus representantes autorizados).

11.5Exención

La renuncia a cualquier derecho o recurso solo surtirá efecto si se realiza por escrito y no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento posterior. La demora o la falta de ejercicio, o el ejercicio único o parcial, de cualquier derecho o recurso no:

(a) renunciar a ese o cualquier otro derecho o recurso; ni

(b) impedir o restringir el ejercicio ulterior de ese o cualquier otro derecho o recurso.

11.6Ruptura

Si alguna disposición o parte de una disposición del Contrato es o llega a ser inválida, ilegal o inaplicable, se considerará modificada en la medida mínima necesaria para que sea válida, legal y aplicable. Si dicha modificación no es posible, la disposición o parte de la disposición pertinente se considerará eliminada. La modificación o eliminación de una disposición o parte de la disposición en virtud de esta cláusula no afectará la validez ni la aplicabilidad del resto del Contrato.

11.7Avisos

(a) Cualquier notificación u otra comunicación dada a una parte bajo o en conexión con el Contrato deberá ser por escrito, dirigida a esa parte a su domicilio social (si es una empresa) o su lugar principal de negocios (en cualquier otro caso) o cualquier otra dirección que esa parte haya especificado a la otra parte por escrito de acuerdo con esta cláusula, y deberá ser entregada personalmente, enviada por correo de primera clase prepago u otro servicio de entrega el siguiente día hábil, mensajería comercial o fax o correo electrónico.

(b) Se considerará que una notificación u otra comunicación ha sido recibida: si se entrega personalmente, cuando se deja en la dirección mencionada en la cláusula 11.7(a); si se envía por correo de primera clase con franqueo pagado u otro servicio de entrega el siguiente día hábil, a las 9.00 a. m. del segundo día hábil después del envío; si se entrega por mensajería comercial, en la fecha y hora en que se firma el recibo de entrega del mensajero; o, si se envía por fax o correo electrónico, un día hábil después de la transmisión.

(c) Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a la notificación de ningún procedimiento u otros documentos en ninguna acción legal.

11.8Derechos de terceros

Nadie que no sea una de las partes de este Contrato y sus cesionarios permitidos tendrá derecho a hacer cumplir ninguno de sus términos.

11.9Ley aplicable

El Contrato, y cualquier disputa o reclamo (incluyendo disputas o reclamos no contractuales) que surjan de él o en conexión con él o su objeto o formación, se regirán e interpretarán de conformidad con la ley de Inglaterra y Gales.

11.10Jurisdicción

Cada parte acepta irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra y Gales tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamo (incluidas disputas o reclamos no contractuales) que surjan de o en conexión con este Contrato o su objeto o formación.


 

23 de agosto de 2022